Se publica extracto de la convocatoria de las AYUDAS A LAS COMUNIDADES DE REGANTES Y OTRAS ENTIDADES DE RIEGO” 2023, aprobada por Decreto de la Alcaldía 2023/00000010, de 13 de enero de 2023.
BENEFICIARIOS: Las comunidades de regantes y otras entidades de riego ubicadas en el término municipal de Carcabuey, legalmente constituidas.
FINALIDAD: A través de dichas ayudas, se subvencionará la concesión de ayudas económicas destinadas a la realización de trabajos de mejora de los sistemas de regadío de las entidades de riego del término municipal de Carcabuey de manera que se optimizan el uso y la gestión de los recursos hídricos disponibles, al tiempo que se promueven formas de cultivo en común de las explotaciones agrarias.
Los trabajos subvencionables serán los siguientes:
- Obras que suponen una reducción significativa de las pérdidas de agua (sustitución de acequias tradicionales por otros de fábrica o por cañonazos, construcción de balsas o de depósitos de agua para riego, etc).
- Actuaciones que permiten la reutilización para riego de las aguas depuradas.
- Habilitación de nuevos tramos de acequia. En este caso, habrá que aportar las autorizaciones pertinentes.
- Actuaciones de adecuación de la infraestructura actual (adecuación de ribazos y de márgenes, mejora de distribuidores, etc).
- Obras a ejecutar por agrupaciones de entidades de riego que unifican la gestión de sus recursos hídricos e introduzcan prácticas de cultivo en común.
- Otras actuaciones siempre y cuando signifiquen un ahorro de agua o una mejora de la eficiencia del riego.
BASES REGULADORAS:
El texto de las Bases reguladoras de la presente convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace: https://bop.dipucordoba.es/show/20220321/announcement/674
CUANTÍA: La cuantía máxima por beneficiario y proyecto presentado será de 5.000 €. Asimismo, el máximo subvencionable de cada proyecto se calculará, en el momento de la concesión, como un 60% del presupuesto total de la actuación (IVA no incluido); no obstante, la convocatoria anual podrá establecer un porcentaje superior sin que en todo caso pueda ser superior al 100% incluyendo otras posibles subvenciones (IVA no incluido, sin que dicho importe supere la cuantía de 5.000 €.
La dotación económica para cada convocatoria asciende a 15.000 €, pudiendo ser ampliable mediante decreto de Alcaldía, previo acuerdo de la comisión perceptiva.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes desde el día hábil siguiente a la publicación del presente extracto de convocatoria.
OTROS DATOS:
– Una misma entidad sólo podrá solicitar un proyecto por convocatoria.
– Estas actuaciones deberán ir referidas a los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos; están excluidas las inversiones en el interior de la parcela o las solicitadas a título individual.
– Estas ayudas son compatibles con cualquiera otra siempre y cuando el importe global de las mismas no supere el coste de la actuación.
– Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas a partir de la fecha de la convocatoria hasta la fecha de justificación establecida, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.
– Las entidades beneficiarias en la convocatoria anterior pasarán directamente al último lugar de prelación, ordenándose de menor a mayor según la cuantía recibida.
Lo que se hace público para general conocimiento.
VER ANUNCIO