Se publica extracto de la convocatoria de las AYUDAS A LAS COMUNIDADES DE REGANTES Y OTRAS ENTIDADES DE RIEGO” 2023, aprobada por Decreto de la Alcaldía 2023/00000010, de 13 de enero de 2023.

BENEFICIARIOS: Las comunidades de regantes y otras entidades de riego ubicadas en el término municipal de Carcabuey, legalmente constituidas.

FINALIDAD: A través de dichas ayudas, se subvencionará la concesión de ayudas económicas  destinadas a la realización de trabajos de mejora de los sistemas de regadío de las entidades de riego del término municipal de Carcabuey de manera que se optimizan el uso y la gestión de los recursos hídricos disponibles, al tiempo que se promueven formas de cultivo en común de las explotaciones agrarias.

Los trabajos subvencionables serán los siguientes:

  1. Obras que suponen una reducción significativa de las pérdidas de agua (sustitución de acequias tradicionales por otros de fábrica o por cañonazos, construcción de balsas o de depósitos de agua para riego, etc).
  2. Actuaciones que permiten la reutilización para riego de las aguas depuradas.
  3. Habilitación de nuevos tramos de acequia. En este caso, habrá que aportar las autorizaciones pertinentes.
  4. Actuaciones de adecuación de la infraestructura actual (adecuación de ribazos y de márgenes, mejora de distribuidores, etc).
  5. Obras a ejecutar por agrupaciones de entidades de riego que unifican la gestión de sus recursos hídricos e introduzcan prácticas de cultivo en común.
  6. Otras actuaciones siempre y cuando signifiquen un ahorro de agua o una mejora de la eficiencia del riego.

BASES REGULADORAS:

El texto de las Bases reguladoras de la presente convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace: https://bop.dipucordoba.es/show/20220321/announcement/674

CUANTÍA: La cuantía máxima por beneficiario y proyecto presentado será de 5.000 €. Asimismo, el máximo subvencionable de cada proyecto se calculará, en el momento de la concesión, como un 60% del presupuesto total de la actuación (IVA no incluido); no obstante, la convocatoria anual podrá establecer un porcentaje superior sin que en todo caso pueda ser superior al 100% incluyendo otras posibles subvenciones (IVA no incluido, sin que dicho importe supere la cuantía de 5.000 €.

La dotación económica para cada convocatoria asciende a 15.000 €, pudiendo ser ampliable mediante decreto de Alcaldía, previo acuerdo de la comisión perceptiva.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:  El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes desde el día hábil siguiente a la publicación del presente extracto de convocatoria.

OTROS DATOS:

–  Una misma entidad sólo podrá solicitar un proyecto por convocatoria.

– Estas actuaciones deberán ir referidas a los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos; están excluidas las inversiones en el interior de la parcela o las solicitadas a título individual.

– Estas ayudas son compatibles con cualquiera otra siempre y cuando el importe global de las mismas no supere el coste de la actuación.

– Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas  a partir de la fecha de la convocatoria hasta la fecha de justificación establecida, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.

– Las entidades beneficiarias en la convocatoria anterior pasarán directamente al último lugar de prelación, ordenándose de menor a mayor según la cuantía recibida.

Lo que se hace público para general conocimiento.

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