Se publica extracto de la convocatoria de las SUBVENCIONES DENTRO DEL PROGRAMA DE ADECUACIÓN FUNCIONAL DEL HOGAR DE CARCABUEY 2023, aprobada por Decreto de la Alcaldía 2023/00000019, de 17 de enero de 2023.
BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarias las personas que residan en el municipio de Carcabuey, y se encuentren en alguna de estas situaciones: personas de 65 o más años que cuenten con una renta per cápita en su unidad familiar igual o menor 2,5 veces el IPREM, (personas en situación de dependencia con grados II y III, o personas que tengan reconocida una discapacidad que sea igual o superior al 65%, debiendo quedar suficientemente acreditados documentalmente dichos requisitos.
En cualquier caso, no podrán ser beneficiarios de alguna de las modalidades de esta subvención si en la convocatoria anterior resultaron beneficiarios de la misma modalidad que solicitan y aceptaron la subvención.
Las viviendas en las que se desarrollen las obras y/o actuaciones que son objeto de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguno de los regímenes jurídicos siguientes:
- Propiedad plena o compartida de los cónyuges o solicitante de la subvención.
- Estar en régimen de arrendamiento por parte del solicitante.
- Estar en régimen de usufructo, concesión de habitación o gozar de un derecho real sobre la vivienda por parte del solicitante.
En los dos últimos supuestos, se deberá contar con la autorización expresa del titular de la propiedad.
FINALIDAD: A través de dichas ayudas se pretende sufragar el coste de las obras y/o las actuaciones que sean necesarias llevar a cabo, para la adecuación o adaptación funcional de las viviendas de uso habitual y permanente, en las que tengan establecida su residencia las personas mayores, discapacitadas o en situación de dependencia y, que como consecuencia de alguna o varias de estas circunstancias, presenten una pérdida de su autonomía personal, que reduzcan sus posibilidades de movilidad. Asimismo, podrá incluirse en esta convocatoria, la adquisición y dotación de los medios materiales técnicos, funcionales o instrumentales que mejoren su capacidad o la de las personas cuidadoras para llevar a cabo las actuaciones básicas de la vida diaria en su domicilio habitual.
BASES REGULADORAS: El texto de las Bases reguladoras de la presente convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:https://bop.dipucordoba.es/show/20220321/announcement/676/full
CUANTÍA:
- Modalidad 1a. Obras de Adecuación Funcional del Hogar. 1.500,00 € por unidad familiar como máximo. Este importe podrá incluir los gastos imputables al beneficiario para la obtención de las preceptivas licencias de obras y demás impuestos exigibles.
- Modalidad 2a. Adquisición de Ayudas Técnicas y Medios Funcionales. 500,00 € por unidad familiar.
En caso de solicitar subvención para las dos modalidades, no se podrán conceder una cuantía superior a 1.500 € por unidad familiar.
PLAZO MÁXIMO DE REALIZACIÓN:
- Modalidad 1a. Obras de Adecuación Funcional del Hogar. Seis meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución definitiva de Subvención o seis meses desde la fecha de realización del pago efectivo de la cantidad subvencionada.
- Modalidad 2a. Adquisición de Ayudas Técnicas y Medios Funcionales. Tres meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución definitiva de Subvención o tres meses desde la fecha de realización del pago efectivo de la cantidad subvencionada.
Se podrán incluir de forma retroactiva actuaciones realizadas desde el mes de enero del año de convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
OTROS DATOS: Toda la información estará disponible, en el Ayuntamiento, en los tablones del mismo, así como en La Oficina de Desarrollo Local (Edificio Usos Múltiples C/Majadilla, 1).
Lo que se hace público para general conocimiento.
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